INSTITUCIÓN EDUCATIVA GRAN COLOMBIA
I.E. Gran Colombia  
  EDITORIAL
  SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
  FORO
  MANUAL DE CONVIVENCIA
  DEPORTES
  HORARIOS BACHILLERATO
MANUAL DE CONVIVENCIA
  

TABLA DE CONTENIDO

 

Introducción

Misión, Visión y Filosofía

TITULO PRELIMINAR. AMBITO  DE APLICACIÓN  Y PRINCIPIOS  GENERALES

TITULO I.       LA INSTITUCION

Capítulo I.                   Naturaleza

Capítulo II.                  Instalaciones

Capítulo III                  Mobiliario y material de la Institución

Capítulo IV.                 Servicios Educativos

TITULO II.    ORGANOS DE GOBIERO Y DE COORDINACION  DOCENTE

Capítulo I                    Órganos de gobierno de la Institución

Capítulo II                   El Consejo Directivo y sus comisiones

Capítulo III                  La institución  de Profesores

Capítulo IV                  Órganos unipersonales de gobierno

Capítulo V                   Órganos de coordinación docente

TITULO III.   PERSONAL DE LA INSTTIUCION

Capítulo I                    Personal docente

Capítulo II                   personal de administración  y servicios

TITULO IV.   LOS ESTUDIANTES 

Capítulo I                    De los derechos de los estudiantes 

Capítulo  II                  De los deberes de los estudiantes

TITULO V.  NORMAS DE CONVIVENCIA

Capítulo I                    Disposiciones generales

Capítulo  II                  Faltas leves

Capítulo III                  Faltas graves

Capítulo IV                  Procedimiento  para la tramitación  de los expedientes disciplinarios

TITULO VI.   DE LOS PADRES DE FAMILIAY ACUDIENTES

Capítulo I.                   De los padres y acudientes de los estudiantes

TITULO VII   DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.


INTRODUCCIÓN


Según la Constitución Política Nacional, toda persona tiene derecho a la educación en plena igualdad de oportunidades. Los padres de familia son los primeros responsables de la educación de sus hijos, tienen derecho a elegir para ellos el centro educativo que estimen conveniente.

En concordancia con lo anterior, la Ley 115 del 8 de febrero de 1994, regula todos los aspectos relacionados con el sistema educativo colombiano. El Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 reglamenta la Ley General de Educación, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. La Ley 1298 de noviembre 8 de 2006, establece los parámetros relacionados con la normatividad de la infancia y la adolescencia. El Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, reglamenta el sistema de evaluación al educando.

Compete la sociedad civil en general y a la comunidad educativa en particular, fomentar y garantizar la aplicación de acciones educativas que sirvan de respuesta a los derechos y deberes contenidos, tanto en la Constitución Nacional, como en todas y cada una de las normas que la amplían y la complementan; incluido el Manual de Convivencia como norma que regula las relaciones de los estamentos que integran la Comunidad Educativa.

Este Manual de Convivencia, tiene como referente el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el cual pretende prevenir y/o manejar adecuadamente la sana convivencia entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

MISIÓN

La Institución Educativa Gran Colombia forma estudiantes íntegros con excelente nivel académico, líderes, críticos, solidarios y comprometidos con el desarrollo social, ambiental y político, proyectándolos como ciudadanos proactivos, logrando una mejor calidad de vida.

VISIÓN

La Institución Educativa Gran Colombia al 2012 propiciará la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo, mostrando el progreso y mejoramiento de sus condiciones sociales, culturales y afectivas que les permitan continuar su aprendizaje e incorporarse a la vida laboral con autonomía, comprometidos con el desarrollo holístico del mundo moderno.

FILOSOFÍA

La Institución Educativa Gran Colombia ofrece a la Comunidad Educativa alternativas para la formación integral en sus tres dimensiones: corporal, mental y espiritual comprometida con su entorno ambiental, sociopolítico y cultural, mejorando su calidad de vida.


AMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES


“EL DERECHO A LA EDUCACION LO VIOLA EL ESTUDIANTE QUE NO ESTUDIA POR QUE VIOLA EL DERECHO A LOS DEMAS” 

Fallo de la Corte Constitucional: si a la disciplina de los colegios

La Corte Constitucional, advirtió que los colegios no están  obligados a mantener en sus aulas de clase a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias.

Esta Sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario respetar el reglamento y las buenas costumbres.  Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios así como los horarios de entrada y salida de clases, recreos, salidas y asistencias y el debido respeto por los docentes y compañeros.

Art. 1: El ámbito de aplicación de este manual de Convivencia  es la INSTITUCION EDUCATIVA GRAN COLOMBIA.

Art. 2:  Las actividades de la Institución Educativa Gran Colombia se fundamentan en los siguientes principios:

a. Los consagrados en pactos y protocolos  internacionales firmados por Colombia, en la Constitución Política de 1991 y en sus decretos reglamentarios para el sector educativo.

b. Respetar la libertad de la enseñanza para toda la comunidad educativa, sin que en ningún momento  puede verse coartado por ideologías sociales, políticas o religiosas, estando presidida la labor educativa por la  objetividad y el respeto mutuo.

c. Orientar educativa y profesionalmente  a todos los estudiantes.

d. Introducir las innovaciones educativas y culturales que ofrezcan las debidas garantías científicas.

e. Gestionar democráticamente el desarrollo de la Institución mediante la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

f. Proporcionar a los estudiantes una formación  humana  y científica  que les prepara moral  e intelectualmente para su participación social  y cultural de su época.

 
Art. 3: De acuerdo  con estos principios, la educación  en la INSTITUCION EDUCATIVA GRAN COLOMBIA   tendrá los siguientes   objetivos señalados  en el artículo 13 de la Ley General de educación.

1. OBJETIVOS GENERALES

Ÿ Lograr la integración de la Comunidad Educativa, especialmente de padres de familia quienes son los directos colaboradores en la educación y formación de los alumnos.

Ÿ Concientizar al Padre de familia de la necesidad de adquirir un verdadero compromiso frente a la Institución como segundo ámbito en la educación del niño.

Ÿ Propender por un nivel académico adecuado por medio del cual, los alumnos adquieran una preparación acorde con las exigencias actuales y futuras.

 

DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Siendo la escuela el primer espacio de actuación pública del niño, se busca:

Ÿ Fijar normas para que el estudiante concientemente actúe con orden, disciplina y buen comportamiento dentro y fuera de la Institución.

Ÿ Consolidar normas de conducta de los estudiantes, docentes, padres de familia garantizando el mutuo respeto.

Ÿ Establecer normas de higiene personal, que preserven el bienestar de la comunidad educativa.

Ÿ Legar criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo tales como: Equipos, instalaciones e implementos.

Ÿ Fijar pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de discriminación por razones de apariencia.

Ÿ Estatuir procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos que se presentan entre los miembros de la comunidad, estableciéndose la instancia de diálogo y conciliación.

Ÿ Definir sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes    incluyendo el derecho a la defensa.

Ÿ Establecer reglas para la elección de los estamentos directivos previstos en el presente manual.

 

TITULO  I.      LA INSTITUCION EDUCATIVA

Capítulo I.      RESEÑA HISTORICA

Esta Institución nace  como respuesta a la ley 715 de 2002 en la cual se establece la Fusión de Instituciones y centro docentes.

Se fusionan así el Centro Docente Gran Colombia que cuenta con 2 planta físicas, en las cuales atiende un número aproximado de 1.200 estudiantes en los niveles de preescolar y educación Básica, el Centro Docente Absalón Fernández de Soto que cuenta con 1 planta física en la cual atiende aproximadamente 620 estudiantes en los niveles de educación preescolar y Educación básica  hasta el grado 5O y el Centro Docente No. 9 Guadalajara  que cuenta con una sola planta física y atiende aproximadamente 400 estudiantes en los niveles de preescolar y Educación Básica.

- Las Instituciones Educativa fusionadas pertenecen a los estratos socioeconómicos 1, 2, 3, se encuentran situadas en los barrios Divino Niño, la Ventura y Palo blanco.

En la actualidad la Institución Educativa cuenta personas altamente capacitadas para la orientación pedagógica, social, cultural y científica de los estudiantes .

Capítulo II      NATURALEZA

Art. 4La Institución educativa Gran Colombia  tiene su domicilio en :

Sede Principal: Carrera 14 # 16 - 67  Teléfono 2276873

Sede Teófilo Dorronsoro: Carrera 14B # 17-27  Teléfono 2274277

Sede Guadalajara: Carrera 27 # 14 - 23   Teléfono 2274145

Sede Absalón Fernández de Soto: Calle 19A # 19A - 02  Teléfono 2278389

Resolución de Aprobación #  1442 de Septiembre 4 de 2002  de Secretaría de Educación Municipal de Guadalajara de Buga            

Capítulo III.    SERVICIOS EDUCATIVOS

PROCESO DE INGRESO A LA INSTITUCION

Art. 5  El estudiante que ingrese a la Institución Educativa Gran Colombia debe cumplir con los requisitos legales, responsabilizándose el padre de familia o acudiente del estudiante a cumplir con lo estipulado por el Ministerio de Educación Nacional y el Manual de Convivencia de la Institución, aceptando las consecuencias que en el se estipulan.

CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS:

  • Se reserva el derecho de admisión en los casos en que las anotaciones registradas en el observador demuestran faltas que atenten contra las normas de Convivencia Escolar

DOCUMENTOS REQUERIDOS  PARA LA MATRICULA:

Ÿ Fotocopia del Registro Civil

Ÿ Fotos

Ÿ Carpeta colgante azul

Ÿ Fotocopia de seguridad social

Ÿ Fotocopia de la Tarjeta de Identidad

Ÿ Fotocopia de carné de vacunas (Preescolar)

Ÿ Fotocopia del Observador del Estudiante debidamente firmada

Ÿ Certificado de Estudios de años anteriores

Ÿ Fotocopia del Observador del Estudiante firmada por Rectoría o Coordinación

Ÿ Paz y salvo  institucional

Ÿ Factor RH

Ÿ Carné del SISBEN


NOTAS IMPORTANTES:

Ÿ No se recibirán estudiantes asistentes para ningún grado.

Ÿ La Institución se reserva el derecho de Admisión de los estudiantes que presenten informes en los que se establezcan problemas disciplinarios con seguimiento y sin respuesta positiva del estudiante.


DE LA CANCELACION DE LA MATRICULA

La matrícula de un estudiante puede ser cancelada por :

Ÿ           Voluntad  de los padres o acudientes.

Ÿ           Disposición de la Institución de acuerdo a las causales determinadas por el presente manual amparada en el debido proceso.

 

TITULO II.   ORGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACION DOCENTE

Objetivo:

Considerar las iniciativas de los estudiantes, docentes padres de familia, directivos docentes en aspectos  y acciones que redunden en la práctica de la participación democrática de la vida escolar.

Capítulo I  .  ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR  DE LA INSTITUCION  EDUCATIVA GRAN COLOMBIA

Art. 6: Los órganos de gobierno de la Institución Educativa Gran Colombia son los siguientes:

A)        Colegiados:                Consejo Directivo, Consejo Académico

B)        Unipersonales:           Rector,  Coordinadores


Parágrafo:  Hacen parte importante del Gobierno Escolar EL CONSEJO ESTUDIANTIL, EL CONSEJO DE PADRES, PERSONERO ESTUDIANTIL.

Capítulo II  CONSEJO DIRECTIVO Y SUS COMISIONES

Art. 7 :            La composición del Consejo Directivo de la Institución Educativa Gran Colombia  estará  de acuerdo al artículo 143 de la Ley General de Educación  o Ley 115 de 1994 y el artículo 21 del Decreto 1860 de agosto de 1994

Parágrafo 1o : Terceras personas podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros.

Parágrafo 2o: Teniendo en cuenta el Artículo 21, Parágrafo 2; dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones.  Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

Capítulo III  ORGANOS UNIPERSONALES DEL GOBIERNO

Art.8:  El Rector (a) y los coordinadores cumplirán con las funciones establecidas  en la Ley.

Capitulo IV  ORGANOS DE COORDINACION DOCENTE

Art. 9:    los coordinadores  dependen  del Rector de la Institución, les corresponde la administración  académica y disciplinaria del plantel.  De ellos dependen los jefes de departamento y por relación de autoridad funcional, los docentes.

TITULO  IV.  PERSONAL DE LA INSTITUCION

Capítulo I.        Personal docente

Art. 10:    Los docentes de  la Institución son los primeros responsables de la enseñanza, en estrecha relación  y coordinación con los compañeros de la misma área. La totalidad de los docentes, junto con los demás miembros de la comunidad educativa, asumirán la responsabilidad global de la tarea educativa de la institución.

Art. 11:  Derechos de los docentes

1.  Recibir capacitación y actualización profesional.

2.  Recibir trato adecuado de los directivos, administrativos, compañeros, padres de familia y estudiantes.

3.  Disponer del espacio y elementos de trabajo necesarios para el buen desempeño de la labor pedagógica.

4.  Ser escuchado y expresar libremente ideas y opiniones con cordialidad y respeto siguiendo el conducto regular.

5.  Recibir estímulos en forma individual y colectiva por actividades académicas, investigativos  y de proyección a la       comunidad.

6.  Recibir información y comunicación veraz y oportuna sobre leyes, disposiciones, decretos, circulares, resoluciones y normas, mediante reuniones generales, comunicados, etc.

7.  Solicitar y obtener los permisos y licencias de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes.

8.  Ser respetado en la diferencia de ideologías, raza, religión, sexo, etc.

9.  Formar asociaciones sindicales con capacidad  legal para representar a sus afiliados.

10. Recibir informes de los ingresos y egresos de las actividades que se realizan en la Institución.

11.  Ser respetado en su vida personal de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y la Ley General de Educación. 

12.  Gozar de su descanso en jornada contraria a la jornada  laboral.

13.  Ser evaluado de manera objetiva y concertada en su desempeño profesional, acorde a lo establecido en la ley.

14.  Que se le haga un proceso disciplinario  de acuerdo a las instancias legales.

15.   Pertenecer a los comités que conformarán el Gobierno Escolar de la Institución.


Art. 12:  Deberes de los docentes 

1. Participar activamente en la elaboración y retroalimentación del Proyecto Educativo Institucional  y Proyectos transversales  programados  para el periodo lectivo.

2.  Dar un trato cortés a los miembros de la comunidad educativa.

3.  Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo,  permaneciendo en la Institución  durante la jornada laboral y cumpliendo con los horarios establecidos por la misma.

4.   Velar por el buen funcionamiento de la Institución.

5.   Velar por la conservación de los documentos, útiles, muebles y bienes que le sean confiados.

6.  Participar activamente en las actividades programadas por la Institución.

7.  Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad de su cargo.

8.  Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a sus alumnos.

9.  Velar por la excelencia académica y el orden disciplinario de los estudiantes.

10.  Cumplir con turnos de disciplina y compartir con los estudiantes en el tiempo de descanso.

11.  Presentar de manera clara y oportuna los informes reglamentarios que permitan conocer los aspectos académicos de los estudiantes.( registros de valoración académica, formatos de actividades complementarias, etc.)

12.  Inculcar en los estudiantes el amor a los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios.

13.  Dirigir la formación integral y armónica de la personalidad del estudiante.

14.  Registrar en el observador del estudiante  todos los aspectos que le sirvan para su desarrollo integral y formativo.

15.  Cumplir con lo establecido en el presente Manual de Convivencia.


Capítulo II.  Personal Administrativo y de servicios.

Art. 13:  Derechos del personal de administración y de servicios.

1.  Gozar del respeto y consideración a su persona y a la función que desempeñan .

2.  Presentar peticiones, quejas o recursos, formulados razonablemente y por escrito ante el órgano de gobierno que corresponda.

3.  Celebrar reuniones, respetando el normal desarrollo de las actividades de la Institución.

Art. 14:  Deberes del personal de administración y de servicios.

1.   Ejercer sus funciones con arreglo a las disposiciones establecidas en su contrato y /o nombramiento, respetando el Proyecto Educativo de la Institución.

2.  Colaborar en la formación de un ambiente educativo que garantice el cumplimiento de los objetivos de la Institución.

3.    Adoptar una actitud de colaboración  hacia los miembros de la comunidad educativa y favorecer la convivencia y la disciplina de los estudiantes.

3.    Cumplir con las normas establecidas en este Manual de Convivencia y en el cronograma institucional anual

 

TITULO   V   DE LOS ESTUDIANTES


“EL DERECHO A LA EDUCACIÓN  NO ES ABSOLUTO: ES DERECHO - DEBER, ES DECIR EXIGE CUMPLIMIENTO DE LA DISCIPLINA Y BUEN RENDIMIENTO ACADEMICO” 

Art. 15:  De la perdida de la calidad de estudiante (articulo 96 de la Ley 115)

Un estudiante pierde su calidad como tal cuando:

Ÿ Presenta bajo rendimiento  académico, inasistencia e indisciplina  reiterada, previa recomendación del consejo disciplinario   al Consejo Directivo.

Ÿ No se matricula o no renueva la misma dentro de los plazos fijados por la Institución máximo 30 días después  de iniciadas las labores académicas.

Ÿ Por cierre de la Institución  Educativa.

Ÿ Por motivo voluntario del acudiente.

Ÿ Incurre en conducta delictiva, que a juicio del Consejo Disciplinario amerite tal sanción la cual será ratificada por el Consejo    Directivo.

Ÿ Por cancelación de la matrícula, según lo establecido en el  presente Manual de Convivencia.

Ÿ Observa una conducta  reprobable comprobada.

Ÿ Comercia o incita a los compañeros al uso de alucinógenos y estimulantes.

Ÿ Atraca, Hurta o roba, participa en grupos delictivos dentro y fuera de la Institución.

Ÿ Adultera documentos de la Institución.

Ÿ Incurre en faltas graves contra la moral y las buenas costumbres.

Ÿ Se niega a cumplir con los deberes de estudiante de manera reiterada e intencional.

Ÿ Otras faltas que a juicio del Consejo Directivo sean nocivas para la buena marcha y buen nombre de la Institución.


Capítulo I.        De los derechos de los estudiantes

Art. 16:    De los derechos de los estudiantes

Ÿ Todos los estudiantes tienen los mismos derechos y deberes básicos sin mas distinciones que las derivadas de su edad y      de las enseñanzas que se encuentran cursando.

Ÿ Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos establecidos en este Manual de    convivencia.

Ÿ El ejercicio de los derechos por parte de los estudiantes implicará el reconocimiento y respeto delos derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

Ÿ Los estudiantes tienen derecho a recibir una información clara y necesaria dentro del proceso de enseñanza - aprendizaje  que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

Ÿ La igualdad de oportunidades para los estudiantes se promoverá mediante:

            a) La no discriminación por razón de nacimiento; raza; sexo; capacidad económica; nivel social; convicciones políticas;           morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o      circunstancia personal o social.

            b) El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades.

            c) La realización de políticas educativas de integración y de educación especial.

Ÿ La institución educativa desarrollará iniciativas que eviten la discriminación de los estudiantes, pondrá especial atención en el respeto de las normas de convivencia y establecerán planes de acción positiva para garantizar la plena integración de todos los estudiantes.

Ÿ Los estudiantes tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos;  al comenzar el año lectivo los docentes darán a conocer  los  criterios generales  que van a aplicar para la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes.

Ÿ A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr una mayor eficacia  del proceso de aprendizaje de los estudiantes, los profesores mantendrán una comunicación fluida con estos y sus padres en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los estudiantes y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

Ÿ Los estudiantes podrán solicitar la revisión de sus calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un periodo escolar  o año lectivo. Dicha solicitud deberá basarse en lo inadecuado de la prueba propuesta al estudiante en relación con los objetivos y contenidos del área o materia sometida a evaluación y con el nivel previsto en la programación, o en la  incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos.

Ÿ Hacer uso de todos los servicios e implementos que le brinda la Institución para un desarrollo  íntegro.

Ÿ Ser evaluado permanentemente en cada asignatura y recibir información oportuna del resultado de los procesos evaluados.

Ÿ Recibir información clara, precisa y oportuna sobre actividades académicas, culturales, deportivas y sociales que sean organizadas por la Institución

Ÿ Manifestar su creatividad y espontaneidad en las diferentes actividades culturales, deportivas,  y recreativas.

Ÿ Participar activamente en las diferentes actividades que programe la Institución.

Ÿ Recibir atención oportuna en caso de accidente dentro de la Institución.

Ÿ Solicitar que se le practiquen las pruebas y evaluaciones que realizaron durante su ausencia, previa justificación por escrito de su inasistencia.

Ÿ Ser tratado  disciplinariamente de acuerdo con las disposiciones contempladas en el presente manual de convivencia, cuando sus actuaciones lo determinen.

Ÿ A presentar las actividades de superación y refuerzo en las fechas programadas como lo exige la Ley 115 y el Decreto 1290 de 2009, al finalizar un periodo escolar o el año lectivo.


“DEBO RESPETAR EN LOS OTROS LOS MISMOS DERECHOS QUE EXIJO PARA MI “

Art. 17:    De los deberes de los estudiantes

  • Conocer y cumplir  las normas establecidas en el presente manual de convivencia.
  • Participar en todas las actividades propias de la Institución.
  • Representar  en todo momento con honor, dignidad  individual y colectiva  a la Institución en los diferentes eventos culturales, deportivos, sociales y recreativos programados.
  • Asistir diaria y puntualmente  a clase y demás actividades programadas  por la Institución.
  • Presentarse en completo orden y aseo en los horarios establecidos en la Institución.
  • Cumplir con las tareas, lecciones y trabajos que se le asignen, aspirando alcanzar los logros máximos.
  • Dar el trato adecuado y mantener en buen estado los elementos que la Institución le suministre, tales como, muebles, servicios sanitarios, aulas, elementos de aseo, etc.
  • Reparar o reponer  los implementos que dañe.
  • Adquirir y traer a la Institución los útiles necesarios para el  normal desarrollo de las actividades pedagógicas.
  • Usar el uniforme adecuado en actividades extracurriculares.
  • Presentar solicitud del padre de familia o acudiente en caso de tener que ausentarse de la Institución, antes de finalizar la jornada.
  • Hacer sus necesidades fisiológicas en el lugar indicado para tal fin.
  • No agredir física ni verbalmente a otro miembro de la comunidad educativa.
  • Atender y participar activamente en las clases.
  • Acatar con respeto las observaciones hechas por los docentes.
  • Demostrar buenos modales a través del vocabulario adecuado y  actitudes
  • Colaborar con el aseo  y orden  de la Institución.
  • Promocionar positivamente el nombre de la Institución a través del deporte, el arte y otros.
  • Portar el uniforme adecuado para cada jornada escolar.

PARAGRAFO Aquellos estudiantes que se desplacen por si mismos a sus domicilios deben hacerlo de manera directa a su destino  y en completo  orden y disciplina previendo accidentes y respetando a la comunidad en general puesto que aún fuera de la institución educativa hacen parte de ella y son regidos por este manual y sus debidas contemplaciones

Art. 18:    Estímulos a los estudiantes

El estímulo es la forma de motivar a un estudiante para que siga desarrollando hábitos y/o conductas idóneas.

La Institución Educativa Gran Colombia promoverá la Excelencia de los estudiantes:

  • Izando la Bandera Nacional y destacándolos en cada período en un cuadro de honor por su sana convivencia y buen desempeño académico.
  • Otorgando la Medalla de Honor al estudiante o estudiantes  que se han destacado por su perseverancia, cursando desde el grado preescolar hasta el último grado que ofrece la Institución,  haciendo pública la exaltación.
  • Otorgando la Medalla a la Excelencia “María Josefa Libreros González” en el grado Quinto y  en el Grado Undécimo.
  • Otorgando reconocimiento al Mejor ICFES en el Grado Undécimo.
  • Anexando a la HOJA DE VIDA del  estudiante  fotocopia de sus estímulos.
  • Exaltando a quienes se destaquen  por  sus excelentes valores humanos, culturales y deportivos a nivel institucional y municipal.
  • Otorgando un Diploma de Honor y exonerando el pago matrícula y servicios complementarios para el próximo año lectivo a los estudiantes que ocupen el 1º puesto de cada grupo (0º a 10º) al finalizar el año cursado.
  • Becando con el 100% de los costos educativos a quienes obtengan medallas en cualquier disciplina deportiva a nivel departamental, nacional o internacional.

TITULO VI.  NORMAS DE CONVIVENCIA

CAPTULO  I

Art. 19:    Horario de trabajo

Teniendo en cuenta que la Institución labora en  2 jornadas (mañana y tarde) se laborará en los siguientes  horarios:

JORNADA DE LA MAÑANA:

NIVEL                         ENTRADA                 DESCANSO              SALIDA

PREESCOLAR          7:00 A.M.                    9:30 A.M.                    11:00 A.M

BASICA PRIM.            7:00 AM.                     9:30 AM.                     12:00 M.

SEDE PRINCIPAL Y GUADALAJARA

BASICA PRIM.            6:45 A.M.                    9:30 A.M.                    11:45 A.M.

BASICA SEC.             6:45 AM.                     9:30 AM.                     12:45 p.M.

JORNADA TARDE

NIVEL                         ENTRADA              DESCANSO               SALIDA

PREESCOLAR          1:00 PM.                     3:30 PM.                     5:00 PM

BASICA PRIM.            1:00 P.M.                    3:30 PM.                     6:00 PM

BASICA SEC.             12:45 AM.                   3:30 AM.                      6:45 P.M.

PARÁGRAFO:   Todos los padres o acompañantes deben traer los niños  hasta la puerta de la Sede. La portada de la Sede sólo permanecerá abierta a la hora de entrada y salida de estudiantes, como medida de seguridad e integridad para los estudiantes y docentes de la Institución. Se recomienda que los estudiantes de cada Sede ingresen cinco minutos antes del inicio de cada Jornada.

Art. 20:    Horario de  atención a padres de familia:

En Preescolar y Básica Primaria:

JORNADA MAÑANA            Martes  y jueves de 12:00 M. a 12:45  p.m.

JORNADA TARDE              Martes  y jueves de 6:00 p.m. a  6:45  p.m.

En Básica Secundaria y Media Vocacional:

En los espacios pedagógicos que existan dentro de la Jornada Escolar y estará publicado en cartelera de cada Sede y en la página web de la Institución.

CAPITULO II

Art. 21:    Uso de Uniformes:

  • La Institución Educativa  exige únicamente dos uniformes de tipo permanente, uno para uso diario y otro para la educación física, recreación y deporte.
  • El uniforme de diario es:
Hombres: Pantalón de tela azul turquí, guayabera blanca con el escudo de la institución en el bolsillo izquierdo, medias largas azul turquí, zapatos totalmente negros, correa negra.

Mujeres: Uniforme unificado municipal: Falda prensada a cuadros, blusa blanca con el escudo en el bolsillo izquierdo, medias largas blancas, zapatos totalmente negros

El uniforme de educación física:

Camibuso blanco con el escudo de la institución en el bolsillo lado izquierdo, sudadera azul turquí con doble ribete blanco en la parte externa, zapato tenis completamente blanco, medias largas blancas.

  • La falda del uniforme debe ir a cinco (5) centímetros arriba de la rodilla, la blusa por dentro de la falda.
  • En las camisas deberá figurar el escudo de la institución
  • El uso del uniforme de diario y de educación física es obligatorio de acuerdo con el horario de clases y actividades extracurriculares programadas.
  • La Institución Educativa  no permite cambios en las prendas o símbolos institucionales que le identifican.
  • Es obligatorio el uso de los uniformes completos en condiciones impecables y  de limpieza.
  • La Institución Educativa PROHIBE EN FORMA TERMINANTE EL EMPLEO DE JOYAS Y DEMAS ACCESORIOS, CON LOS UNIFORMES Y NO RESPONDE EN CASO DE PERDIDA

CAPITULO III

Art. 22:    Seguimiento y Control:

A.   Faltas leves: Todas aquellas infracciones que infringen los deberes y las obligaciones y que, por su origen, intención y/o consecuencia no tienen mayor relevancia para el funcionamiento de la institución.

Se consideran FALTAS LEVES :

1.Permanecer en la Institución Educativa interrumpiendo actividades académicas.

2. Presentarse a la Institución Educativa sin portar el uniforme respectivo, usando prendas que no hagan parte del mismo.

3. Subirse a los techos, tapias, árboles, poniendo en peligro su integridad física y la de los demás.

4. Llegar  tarde al plantel sin justificación.

5. Arrojar basuras o desperdicios en los lugares no indicados.

6. Cometer actos de indisciplina que interrumpen el normal desarrollo de las actividades pedagógicas tales como: incumplir con los horarios establecidos, comer alimentos en el salón de clases, esconder  los objetos personales de sus compañeros, hablar reiteradamente con sus compañeros mientras el profesor explica su clase, quitar o dañar implementos necesarios de los compañeros,  etc.

7. Fraude  o suplantación en la realización de cualquier Valoración  académica.

8. Permanecer en el aula durante el descanso.

9. No traer los implementos necesarios para el buen desempeño en la clase.

10. Hacer uso inadecuado de implementos y espacios de la Institución.

11. Utilizar el uniforme en actividades extraescolares que no hayan sido programadas y/o autorizadas por la Institución.

12.Hacer uso de objetos que alteren el normal desarrollo de las clases.

13. Incumplir con los turnos de aseo asignados por el Director de Grupo

14. Incumplir con las actividades extracurriculares programadas por la Institución.

 

B.   Faltas graves: Todas aquellas infracciones que por su origen, intención y/o consecuencia infrinjan de manera grave el marco normativo de la institución que aparten de lo común y atenten contra la estabilidad de la institución y las personas.

 

Se consideran FALTAS GRAVES

1. La acumulación de tres (3) FALTAS LEVES  establecidas en el presente  manual de convivencia.

2.      Salir de la Institución educativa sin autorización

3. Porte o uso de armas y todo elemento que pueda utilizarse contra la integridad física de alguno de los miembros de la comunidad educativa.

4. Acoso sexual comprobado a alguno de los miembros de la comunidad educativa.

5. Negarse a ingresar a la Institución o aula sin causa justificada.

6. Daño o destrucción de cualquier elemento de la  Institución educativa

7. Hurto comprobado  dentro o fuera de la Institución

8. Falsificar y/o alterar cualquier documento.

9. Utilizar el nombre de la Institución Educativa para eventos de interés personal.

10. Hacer justicia por si mismo y en general tomar decisiones que están reservadas para los docentes o directivos docentes.

11. Distribuir o consumir sustancias alucinógenas  dentro  de la Institución Educativa.

12. Proferir vocablos soeces, incultos, hacer burla a todo cuanto  sea contrario a las buenas maneras que debe observar la comunidad estudiantil.

13. No asistir a clases o dirigirse hacia otros sitios, sin el consentimiento del padre de familia, docente o rector.

14. Denigrar de los miembros de la comunidad educativa.

15. Proferir amenazas que atentan contra la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa.

16. Participar en la trata de personas dentro o fuera de la Institución

 

Art. 23:   Correctivos:

1. A las FALTAS LEVES se les aplicarán los siguientes correctivos:

Ÿ AMONESTACION  VERBAL: Buscando garantizar el respeto a los derechos del resto de los estudiantes y mejorar las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa, el docente con quien se presente la falta realiza la amonestación.

Ÿ AMONESTACION POR ESCRITO: Después de escuchar al estudiante en descargos, el docente o directivo debe dejar un registro escrito de este procedimiento, firmado por el  estudiante o testigo y el docente en el observador.

Ÿ PRESENTACION INMEDIATA ANTE EL COORDINADOR: Si la situación lo amerita, el profesor remitirá al estudiante ante el coordinador, quien después de escucharlo procederá a imponer la amonestación que considere pertinente. En todo caso debe informarse a los padres de familia de lo acontecido.

Ÿ ORIENTACIÓN PEDAGÓGICA Y REALIZACION DE TRABAJOS ESPECIFICOS EN LA JORNADA CORRESPONDIENTE: Estarán dirigidos a  corregir su comportamiento  y a desarrollar actividades en la Institución, reparar los daños  causados a las instalaciones.

 

2. A las faltas graves se les aplicará el siguiente correctivo:

Ÿ SUSPENSION DEL  DERECHO DE ASISTENCIA A CLASE

El estudiante se suspenderá de clase por un plazo máximo de 3 días hábiles mediante un acta  la cual será firmada por los miembros del Comité de Convivencia, Acudiente y estudiante. Durante el tiempo que dure la suspensión deberá realizar los deberes o trabajos  que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo.


PARAGRAFO:
LA FALTA GRAVE  DEBE TENER UN TRATAMIENTO DIFERENTE A LA FALTA LEVE Cuando un estudiante  comete una falta grave en la Institución Educativa debe iniciársele el Debido Proceso Disciplinario recordando que este es un escenario para garantizar derechos y exigir deberes.

Art. 24:   Debido proceso disciplinario

Ÿ Comunicación por escrito  al estudiante, acudiente y al Comité de Convivencia.

Ÿ Presentación del Observador del Estudiante.

Ÿ Escuchar los descargos del inculpado.

Ÿ Escuchar a los padres del inculpado

Ÿ Levantar un acta en la que se establecerá el correctivo y deberá ser firmada por el estudiante, el acudiente y el Comité de Convivencia la cual se anexará al observador.

Ÿ SUSPENSION DEFINITIVA  DE LOS DERECHOS ACADEMICOS  O CAMBIO DE INSTITUCION Esta sanción  la aplicará el Consejo Directivo de la Institución mediante Resolución motivada, apoyada en la  decisión tomada por el Comité de Convivencia.

 

PARAGRAFO 1: El estudiante sancionado deberá presentar y sustentar ante sus compañeros  un trabajo orientado a los valores que ha transgredido. Es deber del estudiante sancionado presentarse a clases con las obligaciones y tareas al día.

PARÁGRAFO 2: El Comité de Convivencia estará  conformado en cada Sede y Jornada por: Un Directivo Docente, un Coordinador de Convivencia, Director de grupo, el Personero(a) Estudiantil, un representante del Consejo de Padres. El Comité de Convivencia es el órgano de apoyo de los Rectores, en lo referente al cumplimiento del Manual de Convivencia,  el cual para poder proceder debe apoyarse en los informes escritos presentados por el director de grupo.

PARAGRAFO 3: La reincidencia en faltas graves le da cancelación de matrícula.

TITULO VI. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y LAS ASOCIACIONES

Art. 26:   Derechos de los padres de familia

Los padres de familia y acudientes que pertenecen a la Institución Educativa Gran Colombia tendrán los siguientes derechos:

1.Participar en las actividades programadas por la Institución.

2.Recibir trato amable de los demás integrantes de la comunidad educativa.

3.Presentar reclamos y sugerencias en términos de respeto ante los distintos agentes educativos, siguiendo el conducto regular y las instancias establecidas por la Institución.

4.Ser atendido cuando sea necesario en las horarios establecidos para ello.

5.Ser informado por escrito de los avances y dificultades presentadas por su hijo o acudido en las fechas establecidas.

6.Hacer parte de la Asociación de Padres de Familia, Consejo de Padres, Consejo Directivo y Consejo Disciplinario de la Institución Educativa.

7.Solicitar por escrito la salida extemporánea de su hijo o acudido.

8.Ser reconocido como miembro importante de la comunidad educativa.

9.recibir informes claros y oportunos sobre el desarrollo integral del educando.

10.Ser informado oportunamente de los objetivos, políticas y actividades que programan en la Institución.


Art. 27:   Deberes de los padres de familia

1.Refrendar con su firma y presencia el acto de Matrícula académica de su hijo a acudido.

2.Procurar el buen comportamiento de su hijo a acudido.

3. Asistir a las reuniones de padres de familia citadas por la Institución.

4.Suministrar a sus hijos o acudidos los elementos necesarios para facilitar el cumplimiento y desarrollo de las actividades escolares.

5.Proporcionar al niño en el hogar  el tiempo, el espacio y los recursos para cumplir las actividades escolares que se recomiendan.

6.Velar por la presentación personal del estudiante, para que sea pulcra, correcta y ceñida a las normas específicas establecidas por la Institución.

7.Responder por los daños causados por el estudiante a los bienes de la Institución o de los miembros de la misma.

8.Presentar excusas escritas por la inasistencia a clases o actividades planteadas por la Institución, por parte del estudiante.

9.Cooperar en la conservación de la planta física, su aseo y ornamentación.

10.Presentarse en la Institución a recoger a su hijo o acudido en los horarios establecidos.

11.No proferir amenazas, maltratos y demás acciones  que  van en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.

12. Acudir a la Institución con una buena presentación personal.


TITULO  VII.  DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

1.Las actividades escolares complementarias  son las que organiza la institución, de acuerdo con su proyecto educativo institucional, durante el año lectivo.

2. Se facilitará la participación  de todos los miembros de la comunidad educativa, a título individual o a través de sus asociaciones y representantes, en la elección, organización, desarrollo y  evaluación de las actividades escolares complementarias y extraescolares.

3. El Consejo Directivo podrá establecer convenios de colaboración con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades complementarias y extraescolares de acuerdo con la normatividad vigente.

4. Las actividades complementarias y extraescolares que se presenten al Consejo Académico para su respectiva aprobación podrán ser propuestas por

  • La dirección de la Institución.
  • Los docentes
  • El Consejo Estudiantil
  • La Asociación de Padres de Familia y
  • Consejo de Padres

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

La  Institución Educativa Gran Colombia,  se regirá por lo establecido en el DCTO 1290 de 2009 para la promoción y reprobación de los estudiantes de la Institución.

Art. 29:   Escudo 

La Institución educativa Gran Colombia adopta el siguiente escudo como emblemático:

El escudo  tiene forma ovalada,  en  su fondo  contiene los colores de la bandera de la institución

(verde, blanco y azul).  Se resalta un estudiante, aplicando los conocimientos adquiridos en nuestra Institución Educativa especialmente en el área de Sistemas e Informática (énfasis de la Institución), lo que le permitirá  la creación de microempresas y su proyección hacia Colombia (modalidad en Gestión Empresarial) La parte media superior del escudo está bordeada por  una franja amarilla con el nombre de nuestra Institución.

LEMA:            VALORES, CIENCIA Y DISCIPLINA

El perfil de nuestros estudiantes es una persona equilibrada que propenda por el mejoramiento de la calidad de vida.

 Art. 31: Bandera

COLORES: VERDE    BLANCO   AZUL en 3 franjas horizontales, siendo el blanco el doble de las franjas verde y azul.

VERDE: Simboliza el trabajo  de nuestra Institución Educativa

BLANCO: Simboliza la permanente búsqueda de  la armonía en nuestra comunidad educativa

AZUL: Simboliza la Unión  de las diferentes comunidades educativas que formaron  la  INSTITUCION EDUCATIVA GRAN COLOMBIA 

Art. 32: Formatos de tramite administrativo y disciplinario

La Institución educativa Gran Colombia adopta los formatos que se incluyen en el anexo:

Art. 33:   Vigencia

Este manual de Convivencia tendrá una vigencia indefinida, pero se podrá modificar cuando concurra alguna de las siguientes causas:

1. Cambio de las normas legales que sirvieron  de fundamento para su construcción que son las siguientes:

  • Constitución Política de Colombia de 1991
  • Ley General de Educación
  • Decreto 1860 de 2003
  • Decreto 1868 de 2006 (Ley de la infancia y la Adolescencia).
  • Decreto 1290 de 2009
  • Los acuerdos y protocolos internacionales  firmados por Colombia.

2. A petición de un tercio del Consejo Directivo de la institución y con la aprobación de la mayoría absoluta de sus miembros.

Art. 34: Aprobación.

El Consejo Directivo integrado por un número plural de miembros de la Comunidad Educativa, adoptara mediante acuerdo el presente Manual de Convivencia que hace parte integrante del Proyecto Educativo Institucional.

 

I. E. GRAN COLOMBIA  
   
RECTOR  
  Lic. CARLOS ARTURO PALACIOS RIVERA  
COORDINADORES  
  Coordinador Académico
Esp. WILLIAM LÓPEZ SALGADO

Sede Teófilo Dorronsoro
Lic. LUIS EDUARDO CALERO ROJAS

Sede Absalón Fernández de Soto
Lic. BEYMAN EDIVERT VÉLEZ SÁNCHEZ

Sede Guadalajara
Lic. ALBAN SALCEDO PORRAS
 
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